Obligaciones fiscales del autónomo 2026: modelos y plazos
Última actualización: 2026-04-16
Ser autónomo en España implica cumplir con múltiples obligaciones fiscales a lo largo del año. Estos son todos los modelos y plazos que debes cumplir.
Obligaciones trimestrales
Modelo 303 - IVA trimestral
El Modelo 303 es la declaración trimestral del IVA. Debes presentarlo si realizas actividades sujetas a IVA.
Plazo: del 1 al 20 de abril, julio, octubre y del 1 al 30 de enero para el cuarto trimestre.
Quién lo presenta:
- Autónomos en Estimación Directa con IVA
- Autónomos en Módulos
Quién NO lo presenta:
- Autónomos en Recargo de Equivalencia (minoristas que compran a mayoristas con recargo)
- Profesionales exentos de IVA (sanitarios, docentes)
- Autónomos en Canarias (presentan el Modelo 420 de IGIC en lugar del 303, y el Modelo 425 como resumen anual)
Para el próximo pico de búsquedas, consulta también la guía específica de declaración trimestral del segundo trimestre 2026 y la página de impuestos de autónomos en julio 2026.
Modelo 130 - Pago fraccionado IRPF (Estimación Directa)
El Modelo 130 es el pago a cuenta del IRPF para autónomos en Estimación Directa.
Plazo: del 1 al 20 de abril, julio, octubre y del 1 al 30 de enero para el cuarto trimestre.
Quién lo presenta:
- Autónomos en Estimación Directa (normal o simplificada)
- Solo si menos del 70% de tus ingresos tienen retención de IRPF
Modelo 131 - Pago fraccionado IRPF (Módulos)
El Modelo 131 es el pago a cuenta del IRPF para autónomos en Estimación Objetiva (Módulos).
Plazo: del 1 al 20 de abril, julio, octubre y del 1 al 30 de enero para el cuarto trimestre.
Quién lo presenta:
- Autónomos en Estimación Objetiva (Módulos)
Modelo 111 - Retenciones de trabajadores
El Modelo 111 declara las retenciones de IRPF practicadas a trabajadores y profesionales.
Plazo: del 1 al 20 de enero, abril, julio y octubre (el cuarto trimestre NO tiene plazo extendido).
Quién lo presenta:
- Autónomos con trabajadores contratados
- Autónomos que pagan a profesionales con retención de IRPF
Modelo 115 - Retenciones de alquileres
El Modelo 115 declara las retenciones de IRPF sobre alquileres de locales comerciales.
Plazo: del 1 al 20 de enero, abril, julio y octubre (el cuarto trimestre NO tiene plazo extendido).
Quién lo presenta:
- Autónomos que alquilan locales comerciales o naves para su actividad
Modelo 349 - Operaciones intracomunitarias
El Modelo 349 declara las operaciones de compra y venta con otros países de la Unión Europea.
Plazo: del 1 al 20 de abril, julio, octubre y del 1 al 30 de enero para el cuarto trimestre.
Quién lo presenta:
- Autónomos que venden productos o servicios a clientes de la UE
- Autónomos que compran productos o servicios de proveedores de la UE
Obligaciones anuales
Modelo 390 - Resumen anual del IVA
El Modelo 390 es el resumen anual de todas las operaciones con IVA del año.
Plazo: del 1 al 30 de enero
Quién lo presenta:
- En general, autónomos que hayan presentado el Modelo 303 durante el año
- Existen supuestos de exoneración del Modelo 390 (consulta la guía específica)
- Autónomos en Canarias presentan el Modelo 425 de IGIC
Modelo 180 - Resumen anual de retenciones de alquileres
El Modelo 180 es el resumen anual de las retenciones practicadas por alquileres.
Plazo: del 1 al 31 de enero (se ajusta al siguiente día hábil si cae en fin de semana)
Quién lo presenta:
- Autónomos que han presentado el Modelo 115 durante el año
Modelo 190 - Resumen anual de retenciones de trabajadores
El Modelo 190 es el resumen anual de las retenciones practicadas a trabajadores y profesionales.
Plazo: del 1 al 31 de enero (se ajusta al siguiente día hábil si cae en fin de semana)
Quién lo presenta:
- Autónomos que han presentado el Modelo 111 durante el año
Modelo 347 - Operaciones con terceros
El Modelo 347 declara todas las operaciones con clientes y proveedores que superen los 3.005,06 € anuales.
Plazo: todo el mes de febrero (se ajusta al siguiente día hábil si el último día cae en fin de semana)
Quién lo presenta:
- Todos los autónomos con operaciones superiores a 3.005,06 € con un mismo cliente o proveedor
Modelo 100 - Declaración de la Renta
El Modelo 100 es la declaración anual del IRPF.
Plazo: del 1 de abril al 30 de junio
Quién lo presenta:
- Todos los autónomos, independientemente de su régimen fiscal
- Los pagos fraccionados (130 o 131) se descuentan del resultado final
Modelo 720 - Declaración de bienes en el extranjero
El Modelo 720 declara cuentas bancarias, valores e inmuebles en el extranjero.
Plazo: del 1 al 31 de marzo
Quién lo presenta:
- Autónomos con activos en el extranjero que superen los 50.000 € por categoría
Modelo 721 - Declaración de criptomonedas en el extranjero
El Modelo 721 declara criptomonedas y activos virtuales situados en el extranjero.
Plazo: del 1 al 31 de marzo
Quién lo presenta:
- Autónomos con criptomonedas en exchanges extranjeros que superen los 50.000 €
Seguridad Social
Cuota mensual de autónomos
La cuota de autónomos se paga mensualmente a la Seguridad Social.
Plazo: último día de cada mes (domiciliación bancaria)
Importe: depende de tu base de cotización elegida y si aplicas tarifa plana
Tarifa plana: 80 € los primeros 12 meses (si es tu primera vez como autónomo)
Según tu régimen fiscal
No todos los autónomos presentan los mismos modelos. Esta tabla te ayuda a identificar qué declaraciones debes presentar según tu situación:
| Situación | Modelos trimestrales | Modelos anuales |
|---|---|---|
| Estimación Directa + IVA | 303, 130 | 390, 100 |
| Estimación Directa + exento de IVA | 130 | 100 |
| Módulos + IVA | 303, 131 | 390, 100 |
| Recargo de Equivalencia | 130 o 131 (según régimen IRPF) | 100 |
| Canarias (IGIC) | 420, 130/131 | 425, 100 |
| + Con empleados | Añadir: 111 | Añadir: 190 |
| + Alquiler de local | Añadir: 115 | Añadir: 180 |
| + Operaciones UE | Añadir: 349 | — |
| + Operaciones > 3.005 € | — | Añadir: 347 |
| + Activos extranjero | — | Añadir: 720, 721 |
Nota: El Modelo 390 puede no aplicar en supuestos de exoneración previstos por la AEAT.
Qué pasa si no presento a tiempo
Presentar las declaraciones fuera de plazo tiene consecuencias económicas:
Recargos por presentación extemporánea voluntaria (LGT art. 27)
Si presentas voluntariamente fuera de plazo (sin requerimiento de Hacienda):
- 1% de recargo base, más un 1% adicional por cada mes completo de retraso
- Ejemplo: 2 meses de retraso = 3% de recargo (1% + 2×1%)
- Después de 12 meses: recargo del 15% más intereses de demora
Sanciones por requerimiento
Si Hacienda te requiere la declaración (no la presentaste voluntariamente), se aplican sanciones del 50% al 150% de la deuda, dependiendo de la gravedad y la existencia de ocultación.
Intereses de demora
A partir de los 12 meses de retraso, además del recargo del 15%, Hacienda aplica intereses de demora desde la fecha límite original hasta el pago efectivo.
Consejos para no olvidar ninguna obligación
- Usa un calendario fiscal: herramientas como Radar Fiscal te avisan automáticamente de los plazos
- Domicilia los pagos: evitas olvidos y ganas 5 días extra de liquidez
- Contrata un gestor: si tienes múltiples obligaciones, un profesional puede ahorrarte sanciones
- Revisa tu situación anualmente: cambios en tu actividad pueden añadir o eliminar obligaciones
- Guarda todas las facturas: necesitarás los justificantes para todas las declaraciones
Resumen ejecutivo
Si te has trasladado recientemente a España, comprueba primero tu situación de residencia fiscal antes de asumir estas obligaciones. Para estrategias que te ayuden a reducir tu carga fiscal, consulta la guía de optimización fiscal para autónomos. Y si quieres entender el IVA en profundidad más allá del Modelo 303, no te pierdas la guía completa del IVA.
Como autónomo en España, tus obligaciones mínimas son:
- ✅ Trimestral: IVA (303) + IRPF (130 o 131)
- ✅ Anual: Renta (100) + modelos informativos anuales según corresponda (390/180/190; 390 puede estar exonerado)
- ✅ Mensual: Cuota de la Seguridad Social
Si tienes empleados, alquilas local, operas con la UE o tienes activos en el extranjero, se añaden más modelos a tu checklist.
La clave está en la organización: conoce tus obligaciones, marca los plazos en tu calendario y no dejes nada para el último día.
FAQ
¿Qué modelos debe presentar un autónomo cada trimestre?
Depende de tu régimen fiscal. En Estimación Directa con IVA: Modelo 303 (IVA) y 130 (IRPF). En Módulos: 303 simplificado y 131. Si tienes empleados o pagas alquileres, añades el 111 y/o 115. En Canarias, el 420 sustituye al 303.
¿Cuándo se presenta cada declaración trimestral?
Los modelos trimestrales se presentan durante los primeros 20 días del mes siguiente al trimestre: abril, julio, octubre y enero. El cuarto trimestre tiene plazo hasta el 30 de enero para IVA e IRPF, pero solo hasta el 20 de enero para retenciones.
¿Qué pasa si no presento una declaración a tiempo?
Hacienda aplica recargos por presentación extemporánea voluntaria (LGT art. 27): 1% más un 1% adicional por cada mes completo de retraso, hasta 12 meses. Después de 12 meses: recargo del 15% más intereses de demora. Si Hacienda requiere la declaración, se aplican sanciones del 50% al 150%.