Obligaciones fiscales del autónomo 2026: modelos y plazos

Última actualización: 2026-04-16

Ser autónomo en España implica cumplir con múltiples obligaciones fiscales a lo largo del año. Estos son todos los modelos y plazos que debes cumplir.

Obligaciones trimestrales

Modelo 303 - IVA trimestral

El Modelo 303 es la declaración trimestral del IVA. Debes presentarlo si realizas actividades sujetas a IVA.

Plazo: del 1 al 20 de abril, julio, octubre y del 1 al 30 de enero para el cuarto trimestre.

Quién lo presenta:

  • Autónomos en Estimación Directa con IVA
  • Autónomos en Módulos

Quién NO lo presenta:

  • Autónomos en Recargo de Equivalencia (minoristas que compran a mayoristas con recargo)
  • Profesionales exentos de IVA (sanitarios, docentes)
  • Autónomos en Canarias (presentan el Modelo 420 de IGIC en lugar del 303, y el Modelo 425 como resumen anual)

Para el próximo pico de búsquedas, consulta también la guía específica de declaración trimestral del segundo trimestre 2026 y la página de impuestos de autónomos en julio 2026.

Modelo 130 - Pago fraccionado IRPF (Estimación Directa)

El Modelo 130 es el pago a cuenta del IRPF para autónomos en Estimación Directa.

Plazo: del 1 al 20 de abril, julio, octubre y del 1 al 30 de enero para el cuarto trimestre.

Quién lo presenta:

  • Autónomos en Estimación Directa (normal o simplificada)
  • Solo si menos del 70% de tus ingresos tienen retención de IRPF

Modelo 131 - Pago fraccionado IRPF (Módulos)

El Modelo 131 es el pago a cuenta del IRPF para autónomos en Estimación Objetiva (Módulos).

Plazo: del 1 al 20 de abril, julio, octubre y del 1 al 30 de enero para el cuarto trimestre.

Quién lo presenta:

  • Autónomos en Estimación Objetiva (Módulos)

Modelo 111 - Retenciones de trabajadores

El Modelo 111 declara las retenciones de IRPF practicadas a trabajadores y profesionales.

Plazo: del 1 al 20 de enero, abril, julio y octubre (el cuarto trimestre NO tiene plazo extendido).

Quién lo presenta:

  • Autónomos con trabajadores contratados
  • Autónomos que pagan a profesionales con retención de IRPF

Modelo 115 - Retenciones de alquileres

El Modelo 115 declara las retenciones de IRPF sobre alquileres de locales comerciales.

Plazo: del 1 al 20 de enero, abril, julio y octubre (el cuarto trimestre NO tiene plazo extendido).

Quién lo presenta:

  • Autónomos que alquilan locales comerciales o naves para su actividad

Modelo 349 - Operaciones intracomunitarias

El Modelo 349 declara las operaciones de compra y venta con otros países de la Unión Europea.

Plazo: del 1 al 20 de abril, julio, octubre y del 1 al 30 de enero para el cuarto trimestre.

Quién lo presenta:

  • Autónomos que venden productos o servicios a clientes de la UE
  • Autónomos que compran productos o servicios de proveedores de la UE

Obligaciones anuales

Modelo 390 - Resumen anual del IVA

El Modelo 390 es el resumen anual de todas las operaciones con IVA del año.

Plazo: del 1 al 30 de enero

Quién lo presenta:

  • En general, autónomos que hayan presentado el Modelo 303 durante el año
  • Existen supuestos de exoneración del Modelo 390 (consulta la guía específica)
  • Autónomos en Canarias presentan el Modelo 425 de IGIC

Modelo 180 - Resumen anual de retenciones de alquileres

El Modelo 180 es el resumen anual de las retenciones practicadas por alquileres.

Plazo: del 1 al 31 de enero (se ajusta al siguiente día hábil si cae en fin de semana)

Quién lo presenta:

  • Autónomos que han presentado el Modelo 115 durante el año

Modelo 190 - Resumen anual de retenciones de trabajadores

El Modelo 190 es el resumen anual de las retenciones practicadas a trabajadores y profesionales.

Plazo: del 1 al 31 de enero (se ajusta al siguiente día hábil si cae en fin de semana)

Quién lo presenta:

  • Autónomos que han presentado el Modelo 111 durante el año

Modelo 347 - Operaciones con terceros

El Modelo 347 declara todas las operaciones con clientes y proveedores que superen los 3.005,06 € anuales.

Plazo: todo el mes de febrero (se ajusta al siguiente día hábil si el último día cae en fin de semana)

Quién lo presenta:

  • Todos los autónomos con operaciones superiores a 3.005,06 € con un mismo cliente o proveedor

Modelo 100 - Declaración de la Renta

El Modelo 100 es la declaración anual del IRPF.

Plazo: del 1 de abril al 30 de junio

Quién lo presenta:

  • Todos los autónomos, independientemente de su régimen fiscal
  • Los pagos fraccionados (130 o 131) se descuentan del resultado final

Modelo 720 - Declaración de bienes en el extranjero

El Modelo 720 declara cuentas bancarias, valores e inmuebles en el extranjero.

Plazo: del 1 al 31 de marzo

Quién lo presenta:

  • Autónomos con activos en el extranjero que superen los 50.000 € por categoría

Modelo 721 - Declaración de criptomonedas en el extranjero

El Modelo 721 declara criptomonedas y activos virtuales situados en el extranjero.

Plazo: del 1 al 31 de marzo

Quién lo presenta:

  • Autónomos con criptomonedas en exchanges extranjeros que superen los 50.000 €

Seguridad Social

Cuota mensual de autónomos

La cuota de autónomos se paga mensualmente a la Seguridad Social.

Plazo: último día de cada mes (domiciliación bancaria)

Importe: depende de tu base de cotización elegida y si aplicas tarifa plana

Tarifa plana: 80 € los primeros 12 meses (si es tu primera vez como autónomo)

Según tu régimen fiscal

No todos los autónomos presentan los mismos modelos. Esta tabla te ayuda a identificar qué declaraciones debes presentar según tu situación:

Situación Modelos trimestrales Modelos anuales
Estimación Directa + IVA 303, 130 390, 100
Estimación Directa + exento de IVA 130 100
Módulos + IVA 303, 131 390, 100
Recargo de Equivalencia 130 o 131 (según régimen IRPF) 100
Canarias (IGIC) 420, 130/131 425, 100
+ Con empleados Añadir: 111 Añadir: 190
+ Alquiler de local Añadir: 115 Añadir: 180
+ Operaciones UE Añadir: 349
+ Operaciones > 3.005 € Añadir: 347
+ Activos extranjero Añadir: 720, 721

Nota: El Modelo 390 puede no aplicar en supuestos de exoneración previstos por la AEAT.

Qué pasa si no presento a tiempo

Presentar las declaraciones fuera de plazo tiene consecuencias económicas:

Recargos por presentación extemporánea voluntaria (LGT art. 27)

Si presentas voluntariamente fuera de plazo (sin requerimiento de Hacienda):

  • 1% de recargo base, más un 1% adicional por cada mes completo de retraso
  • Ejemplo: 2 meses de retraso = 3% de recargo (1% + 2×1%)
  • Después de 12 meses: recargo del 15% más intereses de demora

Sanciones por requerimiento

Si Hacienda te requiere la declaración (no la presentaste voluntariamente), se aplican sanciones del 50% al 150% de la deuda, dependiendo de la gravedad y la existencia de ocultación.

Intereses de demora

A partir de los 12 meses de retraso, además del recargo del 15%, Hacienda aplica intereses de demora desde la fecha límite original hasta el pago efectivo.

Consejos para no olvidar ninguna obligación

  1. Usa un calendario fiscal: herramientas como Radar Fiscal te avisan automáticamente de los plazos
  2. Domicilia los pagos: evitas olvidos y ganas 5 días extra de liquidez
  3. Contrata un gestor: si tienes múltiples obligaciones, un profesional puede ahorrarte sanciones
  4. Revisa tu situación anualmente: cambios en tu actividad pueden añadir o eliminar obligaciones
  5. Guarda todas las facturas: necesitarás los justificantes para todas las declaraciones

Resumen ejecutivo

Si te has trasladado recientemente a España, comprueba primero tu situación de residencia fiscal antes de asumir estas obligaciones. Para estrategias que te ayuden a reducir tu carga fiscal, consulta la guía de optimización fiscal para autónomos. Y si quieres entender el IVA en profundidad más allá del Modelo 303, no te pierdas la guía completa del IVA.

Como autónomo en España, tus obligaciones mínimas son:

  • Trimestral: IVA (303) + IRPF (130 o 131)
  • Anual: Renta (100) + modelos informativos anuales según corresponda (390/180/190; 390 puede estar exonerado)
  • Mensual: Cuota de la Seguridad Social

Si tienes empleados, alquilas local, operas con la UE o tienes activos en el extranjero, se añaden más modelos a tu checklist.

La clave está en la organización: conoce tus obligaciones, marca los plazos en tu calendario y no dejes nada para el último día.

FAQ

¿Qué modelos debe presentar un autónomo cada trimestre?

Depende de tu régimen fiscal. En Estimación Directa con IVA: Modelo 303 (IVA) y 130 (IRPF). En Módulos: 303 simplificado y 131. Si tienes empleados o pagas alquileres, añades el 111 y/o 115. En Canarias, el 420 sustituye al 303.

¿Cuándo se presenta cada declaración trimestral?

Los modelos trimestrales se presentan durante los primeros 20 días del mes siguiente al trimestre: abril, julio, octubre y enero. El cuarto trimestre tiene plazo hasta el 30 de enero para IVA e IRPF, pero solo hasta el 20 de enero para retenciones.

¿Qué pasa si no presento una declaración a tiempo?

Hacienda aplica recargos por presentación extemporánea voluntaria (LGT art. 27): 1% más un 1% adicional por cada mes completo de retraso, hasta 12 meses. Después de 12 meses: recargo del 15% más intereses de demora. Si Hacienda requiere la declaración, se aplican sanciones del 50% al 150%.