Qué ingresos debe declarar un autónomo a Hacienda

Última actualización: 2026-05-26

Como autónomo, estás obligado a declarar todos tus ingresos a la Agencia Tributaria, no solo los de tu actividad profesional. La Declaración de la Renta (Modelo 100) recoge las distintas fuentes de renta y aplica el IRPF sobre el conjunto.

¿Estoy obligado a declarar?

Sí, siempre. Desde 2023, todos los trabajadores por cuenta propia dados de alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) o en el Régimen Especial del Mar están obligados a presentar la Declaración de la Renta con independencia de sus ingresos.

No importa si:

  • Has tenido un mal año y no has facturado nada
  • Tu resultado ha sido cero o pérdidas
  • Estás en tarifa plana y llevas pocos meses de alta
  • Has estado de alta solo parte del año

Mientras hayas estado dado de alta como autónomo durante el ejercicio, debes presentar el Modelo 100.

Tipos de ingresos que debe declarar un autónomo

1. Rendimientos de actividades económicas

Son los ingresos de tu actividad como autónomo, menos los gastos deducibles. Incluyen:

  • Facturación a clientes: todas las facturas emitidas, con IVA aparte
  • Ventas de productos o servicios: incluidas las realizadas por internet
  • Subvenciones: las vinculadas a la actividad (subvenciones de explotación)
  • Indemnizaciones por cese de actividad: tributan como rendimiento de la actividad
  • Autoconsumo: bienes o servicios de la actividad utilizados para uso personal (se valoran a precio de mercado)

2. Rendimientos del trabajo

Si además de ser autónomo trabajas por cuenta ajena (pluriactividad), declaras las nóminas como rendimientos del trabajo. También entran:

  • Pensiones (jubilación, viudedad, incapacidad)
  • Prestaciones por desempleo
  • Cursos de formación retribuidos

3. Rendimientos del capital inmobiliario

Si alquilas un piso, local o cualquier inmueble que no esté afecto a tu actividad, los ingresos se declaran como rendimientos del capital inmobiliario. Incluyen:

  • Alquiler de viviendas (con reducción del 50% al 90% según el tipo de contrato y zona: 50% para contratos nuevos desde 2023, 60% para contratos anteriores o viviendas rehabilitadas, 70%–90% en zonas de mercado tensionado)
  • Alquiler de locales o plazas de garaje
  • Imputación de renta por inmuebles vacíos o de uso propio (1,1% o 2% del valor catastral)

Si el inmueble está afecto a tu actividad (tu local comercial), sus ingresos van dentro de los rendimientos de la actividad económica.

4. Rendimientos del capital mobiliario

  • Intereses de cuentas bancarias y depósitos
  • Dividendos de acciones
  • Rendimientos de fondos de inversión, bonos y seguros
  • Letras del Tesoro

Estos rendimientos van a la base del ahorro y tributan según la tarifa del ahorro (19%–30%).

5. Ganancias y pérdidas patrimoniales

  • Venta de acciones, fondos de inversión o criptomonedas
  • Venta de inmuebles (segunda residencia, locales)
  • Premios (loterías sujetas, concursos)
  • Indemnizaciones no exentas

Las ganancias patrimoniales también van a la base del ahorro. Las pérdidas pueden compensarse con ganancias del mismo año o de los 4 años siguientes.

Rentas exentas: qué NO se declara

Algunas rentas están exentas total o parcialmente:

  • Prestaciones por maternidad/paternidad de la Seguridad Social
  • Becas públicas para estudios
  • Indemnizaciones por despido hasta el límite exento (cuando aplicable a pluriactividad)
  • Premios de Loterías y Apuestas del Estado: exentos hasta 40.000 € (los premios superiores tributan al 20%)
  • Seguro médico de la actividad: gasto deducible hasta 500 €/persona — autónomo, cónyuge e hijos menores de 25 años convivientes (hasta 1.500 € si hay discapacidad). No es renta exenta sino gasto deducible del IRPF (Art. 30.2.5 LIRPF)

Pluriactividad: autónomo y asalariado a la vez

Si compaginas tu actividad por cuenta propia con un trabajo por cuenta ajena, debes declarar ambas rentas. En la Renta, cada tipo se declara en su apartado:

  • Rendimientos del trabajo: casillas de nóminas y retenciones
  • Rendimientos de actividades económicas: casillas de ingresos, gastos y pagos fraccionados

Las retenciones que tu empleador te haya practicado se descuentan de la cuota final, al igual que los pagos fraccionados del Modelo 130.

Cómo se cruzan los datos

La AEAT dispone de múltiples fuentes para comprobar tus ingresos:

  • SII (Suministro Inmediato de Información): registro obligatorio para grandes empresas (facturación > 6 millones €) — la AEAT cruza sus datos con las declaraciones de autónomos
  • Bancos: obligados a informar de saldos, movimientos y titularidades
  • Clientes: las empresas declaran las retenciones que te practican (Modelo 190)
  • Modelo 347: tus clientes o proveedores declaran operaciones que superen 3.005,06 € anuales
  • Plataformas digitales: desde 2024, obligadas a informar de los ingresos de sus usuarios (DAC7)

Por todo ello, es esencial declarar todos los ingresos correctamente: las probabilidades de que una discrepancia pase desapercibida son bajas.

Fuentes oficiales

FAQ

¿Un autónomo está siempre obligado a declarar la Renta?

Sí. Desde 2023, todos los trabajadores por cuenta propia dados de alta en el RETA están obligados a presentar la Declaración de la Renta, independientemente de sus ingresos. Incluso si tu actividad no ha generado beneficio, debes declarar.

¿Qué ingresos se incluyen en las actividades económicas?

Todos los ingresos derivados de tu actividad profesional o empresarial: facturación a clientes, ventas, servicios prestados, subvenciones vinculadas a la actividad y cualquier otra contraprestación por tu trabajo por cuenta propia.

¿Si soy autónomo y también trabajo por cuenta ajena, qué declaro?

Ambas rentas: los rendimientos de tu actividad económica como autónomo y los rendimientos del trabajo por cuenta ajena. Cada tipo de renta se declara en su apartado correspondiente del Modelo 100.

¿Tengo que declarar las rentas por alquiler de un piso?

Sí. Los rendimientos del capital inmobiliario (alquiler de viviendas, locales, etc.) se declaran en la base general del IRPF. Son independientes de tu actividad como autónomo, salvo que el inmueble esté afecto a tu actividad.

¿Qué pasa si no declaro todos mis ingresos?

La AEAT cruza datos con bancos, clientes, el SII y otras administraciones. Si detecta ingresos no declarados, puede iniciar un procedimiento de comprobación que conlleve recargos, intereses de demora y sanciones que van del 50% al 150% de la cuota defraudada.