Gastos deducibles autónomos: guía completa

Última actualización: 2026-05-26

Los gastos deducibles son la herramienta más directa que tiene un autónomo para reducir su factura fiscal. Cuantos más gastos legítimos de la actividad puedas justificar, menor será tu rendimiento neto y, por tanto, menos pagarás en el Modelo 130 trimestral y en la Declaración de la Renta anual.

Esta guía recoge los gastos deducibles para autónomos en estimación directa (normal y simplificada), que es el régimen que usa la mayoría de autónomos en España.

¿Qué significa que un gasto sea deducible?

Un gasto deducible es aquel que puedes restar de tus ingresos brutos para calcular el rendimiento neto de tu actividad económica. La fórmula básica es:

Ingresos de la actividad
 − Gastos deducibles
 = Rendimiento neto

Ese rendimiento neto es sobre el que se calcula el pago fraccionado del Modelo 130 (el 20% acumulado) y, a final de año, el IRPF definitivo en el Modelo 100.

Requisitos generales

Para que un gasto sea deducible, la AEAT exige tres condiciones:

  1. Vinculación a la actividad: el gasto debe estar directamente relacionado con tu actividad económica.
  2. Justificación documental: necesitas factura completa (no un simple ticket) a nombre de tu actividad, o el justificante bancario correspondiente.
  3. Registro contable: el gasto debe estar registrado en tus libros de ingresos y gastos.

Tabla de gastos deducibles para autónomos

Concepto Deducible Notas
Cuota de autónomos (RETA) 100% Tu cuota de Seguridad Social mensual es íntegramente deducible
Alquiler del local de negocio Proporción afecta Si el local es exclusivamente profesional, el 100%
Suministros del local (luz, agua, internet, gas) Proporción afecta Si el local es exclusivo, el 100% de los suministros del local
Compras de mercaderías y materias primas 100% Las efectivamente consumidas en el ejercicio
Sueldos y Seguridad Social de empleados 100% Incluye cotizaciones patronales
Servicios de profesionales (gestoría, asesoría, abogados) 100% Con factura a nombre de la actividad
Amortización de equipos e instalaciones Según tablas Tablas simplificadas de amortización de la AEAT
Seguros de la actividad 100% Responsabilidad civil, seguro del local, etc.
Gastos de formación 100% Cursos, congresos y libros con relación directa a la actividad
Dietas y gastos de viaje Con límites Dentro de los límites reglamentarios del IRPF
Material de oficina y consumibles 100% Papel, tóner, material diverso
Publicidad y marketing 100% Web, redes sociales, tarjetas, folletos
Gastos financieros 100% Intereses de préstamos para la actividad
Tributos y tasas 100% IAE, IBI del local profesional, tasas municipales
Reparaciones y conservación 100% Mantenimiento del local y equipos; no mejoras
Servicios de terceros 100% Subcontrataciones, freelancers, plataformas

Trabajar en casa: gastos deducibles del home office

Si desarrollas tu actividad desde tu vivienda habitual, puedes deducir dos tipos de gastos:

Proporción del alquiler o hipoteca

Puedes deducir la parte proporcional del alquiler (o de los intereses de hipoteca) correspondiente a la zona de tu vivienda afecta a la actividad. Esa proporción se declara al darte de alta con el Modelo 036.

El 30% de los suministros proporcionales

Para suministros de la vivienda (luz, agua, gas, internet, teléfono fijo), puedes deducir el 30% del importe proporcional al espacio afecto.

Ejemplo práctico: si usas el 20% de tu vivienda como despacho y pagas 150 €/mes de suministros:

150 € × 20% (proporción afecta) = 30 €
30 € × 30% (porcentaje deducible) = 9 €/mes deducible
→ 108 €/año en suministros deducibles

Gastos de difícil justificación (provisiones del 5%)

En estimación directa simplificada (facturación ≤ 600.000 €, que es el régimen de la mayoría), puedes deducir un 5% del rendimiento neto previo como provisión por gastos de difícil justificación, con un máximo de 2.000 € anuales.

Esta provisión sustituye la contabilización individual de provisiones y gastos menores que resultan difíciles de documentar. Se aplica automáticamente en el cálculo del Modelo 130.

Dietas y gastos de viaje: límites

Los gastos de manutención y desplazamiento son deducibles dentro de los límites reglamentarios:

Concepto España Extranjero
Manutención (con pernocta) 53,34 €/día 91,35 €/día
Manutención (sin pernocta) 26,67 €/día 48,08 €/día
Alojamiento Importe justificado Importe justificado
Desplazamiento en vehículo propio 0,26 €/km 0,26 €/km

Para que las dietas sean deducibles, el desplazamiento debe estar vinculado a la actividad y realizarse fuera del municipio donde se desarrolla habitualmente.

Amortización: cómo deducir equipos y mobiliario

Los bienes de inversión (ordenadores, mobiliario, vehículos, maquinaria) no se deducen de golpe: se amortizan a lo largo de su vida útil. Las tablas simplificadas de la AEAT fijan los coeficientes máximos:

Tipo de bien Coeficiente máximo anual Periodo máximo (años)
Ordenadores y equipos informáticos 26% 10
Mobiliario de oficina 10% 20
Vehículos 16% 14
Maquinaria 12% 18
Útiles y herramientas 30% 8

Gastos NO deducibles

Hay gastos que, aunque puedan parecer relacionados con la actividad, no son deducibles o tienen limitaciones importantes:

  • Multas y sanciones: nunca deducibles.
  • Donativos y liberalidades: salvo los que den derecho a deducción en cuota.
  • Pérdidas en el juego: no deducibles.
  • IVA soportado deducible: el IVA que ya te deduces en el Modelo 303 no puede deducirse también como gasto en IRPF.
  • Gastos personales: ropa habitual, comidas no vinculadas a desplazamientos, ocio.

Cómo afecta al Modelo 130 y a la Renta

Los gastos deducibles intervienen en dos momentos:

  1. Cada trimestre: al calcular el pago fraccionado del Modelo 130, restas los gastos acumulados de los ingresos acumulados y aplicas el 20%.
  2. En la Renta anual: el Modelo 100 recalcula el IRPF definitivo sobre el rendimiento neto del año. Los pagos fraccionados trimestrales se descuentan del resultado.

Cuantos más gastos legítimos puedas justificar, menor será tu base imponible y menos IRPF pagarás. Pero recuerda: todo gasto debe estar justificado y vinculado a la actividad.

Fuentes oficiales

FAQ

¿Qué gastos puede deducir un autónomo en España?

Un autónomo en estimación directa puede deducir todos los gastos necesarios para su actividad: cuota de autónomos (100%), alquiler y suministros del local, compras de material, sueldos de empleados, gestoría, seguros, amortización de equipos, formación y dietas dentro de los límites reglamentarios.

¿Un autónomo puede deducir los gastos de trabajar en casa?

Sí. Si trabajas desde tu vivienda habitual, puedes deducir la parte proporcional del alquiler o hipoteca afecta a la actividad y el 30% de los suministros (luz, agua, internet, gas) de esa proporción. Si usas el 20% de tu vivienda como despacho, puedes deducir el 30% de ese 20% del total de suministros.

¿La cuota de autónomos es un gasto deducible?

Sí. La cuota de autónomos que pagas a la Seguridad Social cada mes es 100% deducible como gasto de la actividad económica en el IRPF. Se resta de tus ingresos para calcular el rendimiento neto.

¿Qué pasa si un gasto es mixto, personal y profesional?

Los gastos mixtos (teléfono móvil, vehículo, suministros) solo son deducibles en la proporción afecta a la actividad. Para evitar problemas, conviene poder justificar esa proporción ante una inspección de la AEAT.

¿Cuánto es la provisión de gastos de difícil justificación?

En estimación directa simplificada, puedes deducir un 5% del rendimiento neto previo como provisión por gastos de difícil justificación, con un máximo de 2.000 € anuales. Esta provisión sustituye la contabilización individual de provisiones.